Art. 1 alcance
1- Esta ley es aplicable a los agentes intermediarios que ejercen una u otra de las siguientes profesiones y cumplen con las definiciones de esta ley:
a) agentes comerciales;
b) agentes de información (agentes de información comercial y detectives privados).
2- El departamento de seguridad (en adelante: departamento) elabora la tabla oficial para cada una de estas profesiones y se asegura de que se mantenga constantemente actualizada y publicada cada año.
Art. 2 Principio de autorización
1 Nadie puede ejercer, en el cantón de Ginebra, una de las profesiones de agentes intermediarios mencionadas en el artículo 1, sin tener el beneficio de una autorización previa emitida por el departamento.
2 La autorización es personal e intransferible.
3 Solo se puede emitir a una persona física.
4 Cuando una persona jurídica o una entidad jurídica desea operar una de las agencias sujetas a las disposiciones de esta ley, se emite una autorización a un director que tenga los poderes necesarios para, por un lado, representar a la agencia y contratarlo hacia terceros y, por otro lado, dirigirlo. Este director debe cumplir todas las condiciones establecidas por la ley y los reglamentos de aplicación.
Art. 3 Denegación de autorización
Se rechaza la autorización:
a) a los privados del ejercicio de los derechos civiles;
b) a la quiebra no rehabilitada, así como a quien suspendió sus pagos por insolvencia general y duradera;
c) a aquellos cuyos antecedentes penales contengan una condena penal por actos contrarios a la probidad;
d) a aquellos cuya buena reputación no haya sido certificada por un certificado de buena conducta y modales;
e) a quien haya sido objeto, durante menos de diez años, de la retirada de la autorización prevista en el artículo 4.
Art. 4 Retirada de autorización
1 El departamento declara la retirada de la autorización cuando ya no se cumplen las condiciones a las que esta ley y sus reglamentos de aplicación están sujetos a la concesión de esta autorización.
2 Asimismo, el retiro puede ser pronunciado temporal o definitivamente, en caso de incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de esta ley o de sus reglamentos de aplicación.
Art. 7 Definición
El agente intermediario en la buena voluntad es aquel que hace una profesión de vender, comprar, vender, entregar o hacerse cargo de una buena voluntad, independientemente del tipo de negocio realizado.
Art. 8 garantías
1 El agente intermediario en buena voluntad no puede ejercer su profesión sin proporcionar una garantía de 10 000 F, constituida en efectivo o en forma de una garantía solidaria suscrita por un banco aprobado por el departamento, o en forma de seguro de fianza contratado con una compañía de seguros o una compañía profesional o mutual aprobada por el departamento; En los dos últimos casos, el asegurado debe justificar el pago de la prima para el año en curso y el año siguiente en todo momento.
2 La garantía cubre la responsabilidad profesional del agente intermediario en buena voluntad. No fue liberada hasta dos años después de la fecha de expulsión del registro de su profesión.
Art. 9 Agente comercial
Los agentes comerciales debidamente autorizados por el departamento que también deseen ejercer la profesión de agente intermediario en buena voluntad están exentos de la obligación de solicitar una autorización.
Art. 10 Consejo de supervisión
1 Los agentes de buena voluntad están sujetos, sin perjuicio de las normas del derecho consuetudinario, a la supervisión de un comité de 5 miembros, que comprende:
composición
a) el Consejero de Estado a cargo del departamento o su delegado, quien lo preside;
b) 1 juez en el Tribunal Civil, designado por el tribunal;
c) otros 3 miembros elegidos entre agentes comerciales y agentes comerciales, incluido 1 designado por el Consejo de Estado y 2 por todos los agentes comerciales y agentes comerciales.
2 También se nombran 2 suplentes elegidos entre agentes comerciales y agentes en buena voluntad, uno de los cuales es designado por el Consejo de Estado y el otro por todos los agentes en buena voluntad y agentes comerciales
3 Los reglamentos de implementación establecen el procedimiento para la elección de los 2 miembros de pleno derecho y un miembro suplente por parte de todos los agentes comerciales y comerciales. (11)
Art. 11 sesiones
El comité de supervisión solo puede sentarse válidamente cuando al menos 3 de sus miembros están presentes.
Art. 12 habilidades
1 La misión de la comisión supervisora es garantizar que los agentes de buena voluntad ejerzan su profesión de conformidad con las leyes, reglamentos, costumbres y costumbres vigentes en el cantón.
2 Cuando un agente comercial tiene la culpa, la comisión puede, dependiendo de la gravedad del caso, imponer las siguientes sanciones:
a) la advertencia, oral o escrita;
b) reprimenda escrita;
c) suspensión, es decir, retirada temporal de la autorización por un período de 3 meses a 3 años;
d) eliminación, es decir, la retirada permanente de la autorización.
3 No se puede imponer penalidad contra el delincuente sin que éste haya sido escuchado o convocado debidamente.
4 La suspensión y el retiro están sujetos a ratificación por parte del departamento.
5 Se publican en la Hoja de avisos oficiales.
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